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La delgada línea entre la opinión y el insulto en las redes sociales

Por @cdperiodismo

Publicado el 28 de noviembre del 2011

Un tercio de los usuarios de redes sociales y la mitad de los que usa Twitter no tienen en cuenta los peligros jurídicos al escribir un comentario en sus perfiles. Esto ocurre en Reino Unido. ¿Qué ocurre en Perú y en otros países de América Latina? Conversamos con José Alejandro Godoy, abogado y blogger de Desde El Tercer Piso

¿Crees que los usuarios peruanos tienen en cuenta el riesgo que puede implicar un comentario en Facebook o Twitter?

-Creo que en la mayoría de casos no. En muchas oportunidades, ambas redes sociales son utilizadas como catarsis frente a situaciones de indignación pública frente a un tema o personaje, lo que puede ocasionar, en efecto, que en varios momento se pase de la opinión al insulto.

Hace un tiempo un abogado obligó a rectificar a otro porque lo insultó en Facebook. ¿Cómo funciona la ley en estos casos?

-Dado que las dos personas eran abogados, asumieron que Facebook era un medio de comunicación como cualquier otro y por ello se hizo la rectificación. Existe una norma sobre el ejercicio de la rectificación en medios de comunicación en general (Ley 26775, modificada en su integridad por la Ley 26847) pero la misma está pensada en medios convencionales y no en Internet, dado que la misma es de 1997.

-¿Qué deben hacer los usuarios al respecto? ¿Qué información deben tener en cuenta?

-Creo que en general, más que un tema normativo, debe existir un tema de autorregulación. El usuario debe ser consciente de que lo que emite queda registrado y que, por tanto, por una expresión vertida en términos injuriosos no solo puede afectar la honra de una persona, sino su propia imagen pública.

¿En América Latina ya hay normas al respecto?

-Hasta el momento las normas no se han adaptado a Internet y se asumen los mismos criterios, para casos de rectificación, calumnia y difamación, empleados para medios convencionales. En general, aconsejaría conocer cuáles son los criterios manejados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre libertad de expresión (los que pueden verse aquí), que creo que pueden aplicarse al tratamiento de temas públicos, que son los que concitan mayor interés y mayor nivel de crítica.

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